jueves, 19 de agosto de 2010

Argentina: Un padre deberá pagar la cuota alimentaria de su hija mayor de edad

La chica tiene 22 años y demanda el dinero para terminar sus estudios. La Cámara de Dolores (provincia de Buenos Aires) le dio la razón.
En un fallo inusual, la Cámara Civil y Comercial de Dolores ordenó a un jubilado a pagarle una cuota alimentaria a su hija de 22 años para que termine sus estudios universitarios.

Los jueces María Dabadie, Silvana Canale y Francisco Hankovits revocaron así un fallo de primera instancia que eximía de esa responsabilidad al padre, que fue identificado como C.M, quien ahora deberá destinar el 10% de sus haberes jubilatorios a su hija (H.R.M).

La joven está en la última etapa de Diseño en Comunicación Visual. La carrera le demanda ocho diarias de cursada, a lo que hay que agregarle el tiempo de viaje que entre las ciudades balnearias de Mar de Ajó –donde vive- y Santa Teresita, donde está el edificio de la a extensión de la Facultad de Bellas Artes de la Universidad de La Plata.

Debido a la importante carga horaria, la joven, pese a que es mayor de edad, demanda a su padre una cuota alimentaria que asegure la continuidad de sus estudios. Si bien los jueces consideraron que la cantidad exigida por la chica es “excesiva”, fijaron una “cuota alimentaria reducida a lo indispensable para la subsistencia de la peticionante”, a raíz de que el hombre tiene además que afrontar gastos de otra índole, entre ellos, un crédito hipotecario.

Por disposición de la Cámara, el demandado deberá abonar del 1 al 10 de cada mes el 10% de sus ingresos jubilatorios. El beneficio, aclara el fallo, “no podrá extenderse más allá de un año de lo prescripto por currícula para la duración de la carrera”.

Clarin

4 opinaron:

¨•·.·´TATI`·.·•¨ dijo...

Hola... interesante dato!
Deseo contarles q yo vivo en Costa Rica, y acá en nuestro país es obligatorio dar le Pensión Alimentaria (así se le llama acá) Hasta los 25 años de edad siempre y cuando el involucrado permanezca estudiando de manera formal y en forma consecutiva, hasta alcanzar esa edad!.
No sabía q en otros paises no se aplicaba esto?... Saludos.

tia elsa dijo...

Me parece muy bien,, ahora preguntó con lo que gana un jubilado podrá cumplir con el fallo judicial? espero que si. Besos tía Elsa.

Arabela y yo dijo...

dede ser un jubilado de "sueldo alto q los hay" para q el juez dictamine eso por lo q la nota dice q la chica pedia quizas todo el dinero q ese padre jamas en 22 años y vivio como si nada hubiera abandonado je...por otro lado en la argentina es igual si estudia hasta los 25 años por ley tiene dercho a pedir la cuota...debio pedirla antes quizas nunca lo quiso "molestar" pq cuando pedimos la cuota parece q un hijo "molesta"
felicitaciones a esa valiente chica y por el dictamente de esa justicia

Estudio Juridico Integral "Defende Tus Derechos" dijo...

EXCELENTE DECISION JUDICIAL.EJEMPLAR.
BRILLANTE, DIGNA DE SEGUIR POR LOS FUNCIONARIOS JUDICIALES DE TODO EL PAIS.
ACONSEJO LEER LA LEY 13.944, Y EXIJAN QUE PAGUEN LOS ALIMENTOS PARA SUS HIJOS.
LOS DOS PADRES, SON RESPONSABLES DE LA CUOTA DE ALIMENTOS.
DEFENDE TUS DERECHOS !!!!!